La mecha la prendió el Sindicato de Inquilinas, que lleva años trabajando para frenar desahucios como el de Maricarmen, una mujer de 87 años desalojada el 23 de septiembre del piso de Retiro donde vivía desde los 17. El Sindicato convocó la manifestación del 26 de septiembre, “Ni una Maricarmen más”, y al terminar la marcha muchos participantes montaron tiendas en la Puerta del Sol.
El 7 de octubre, María del Carmen Abascal fallecía en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid y entonces el Sindicato anunció que retiraba su presencia oficial en Sol, pero la acampada sigue. El Ayuntamiento y la Comunidad la consideran ilegal por las ordenanzas municipales, y la Delegación del Gobierno no ha ordenado el desalojo. Ahora, y según El Mundo, el equipo de Almeida revisa vídeos de la plaza frame a frame en busca de posibles delitos de los acampados. Para ello recurren a la IA. Para quienes apoyan la protesta, esto es persecución ideológica; para el Consistorio, investigar delitos. Lo que sí podemos analizar es qué dice la ley.
Las cámaras seguían grabando. El sistema funciona desde 2024 y permite rastrear personas y objetos entre horas de grabaciones: si hay una denuncia y el sospechoso lleva camiseta roja y pantalón oscuro, busca esos frames y le sigue la pista por la plaza.
Fuentes policiales aseguraron en 2025 que los rostros solo se rastrean tras una denuncia y para una investigación concreta, no en barridos preventivos. No es lo mismo buscar una camiseta roja que identificar una cara, y casi todo el debate jurídico se circunscribe justo ahí. La cámara pública de Sol, por cierto, lleva ya varias semanas sin acceso, completamente offline. Tras la última renovación, donde instalaron cuatro nuevas cámaras, solo en la plaza ya había 7 puntos de vigilancia.
En Xataka Las gafas inteligentes tienen una luz que avisa de que están grabando. Para la Agencia de Protección de Datos eso no basta Constitución y convenio. Acampar para protestar es ejercicio del derecho de reunión (artículo 21 de la Constitución) y de expresión; vigilarlo afecta a la intimidad (artículo 18). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció sobre esto en Glukhin contra Rusia (2023): un manifestante pacífico fue identificado con reconocimiento facial en el metro de Moscú, y el tribunal vio violados los artículos 8 y 10 del Convenio. El caso ruso es más extremo, pero los criterios, necesidad y garantías previas vinculan también a España.
Segunda línea: la ley de videovigilancia. La Ley Orgánica 4/1997 somete las cámaras policiales a autorización previa con informe de una comisión de garantías, y fija que las grabaciones se destruyan en un mes, con carácter general. La acampada va camino de cumplir uno: las imágenes de los primeros días están a punto de caducar, salvo que recojan hechos delictivos. Además, la Ley Orgánica 7/2021, la cual traspone la directiva europea de protección de datos policial, limita los datos biométricos a lo "estrictamente necesario".
¿Y el Reglamento de IA? Su artículo 26.10 obliga a pedir autorización judicial, como máximo en 48 horas, a quien use identificación biométrica en diferido para buscar a un sospechoso, y si se deniega, hay que borrar los datos. Pero el Ómnibus Digital, publicado en julio, aplaza esas obligaciones al 2 de diciembre de 2027. Las prohibiciones, como la identificación biométrica en tiempo real con excepciones, rigen desde 2025, pero no cubren vídeo grabado. La UE ya ha decidido que revisar con biometría requiere control judicial, aunque todavía no es exigible.
Dónde está la línea. Los críticos distinguen dos escenarios. Si se busca a una persona concreta por un delito denunciado, es investigación. Si se repasa todo lo ocurrido en la acampada a ver qué sale, se parece más a vigilar la protesta. Para saber en cuál estamos, falta responder a tres cosas: qué delitos y qué denuncias hay detrás, si se usa reconocimiento facial y no solo descripciones, y quién autoriza y cuánto tiempo se conservan las imágenes.
En Xataka Las gafas con IA se están convirtiendo en la herramienta perfecta para algo bastante turbio: grabar mujeres sin su consentimiento La otra versión. Los defensores de la actuación municipal sostienen que las cámaras están instaladas legalmente, que la policía debe investigar lo que se denuncie y que no hay vigilancia por ideas. También recuerdan que circulan vídeos falsos fabricados con IA para desprestigiar a los acampados, así que comprobar qué ocurrió realmente tiene valor para ambas partes.
Pendientes de un juez. Las pruebas obtenidas violando derechos fundamentales no surten efecto (artículo 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Si alguna imputación nace de estas imágenes, serán los tribunales quienes digan si el método fue legítimo. Ya lo hemos dicho en otras ocasiones: en mirar no hay delito, lo que cuenta es quién observa, con qué permiso y con qué propósito.
Imagen de portada | Reescalada a partir de un original de Eduardo Parra para Europa Press
- La noticia Almeida está revisando vídeos de Sol frame a frame para descubrir posibles delitos de los acampados por la vivienda fue publicada originalmente en Xataka por Isra Fdez .



